FORMULARIO DE INSCRIPCIONES

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DATOS DEL ALUMNO

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DATOS DEL PADRE

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DATOS DE LA MADRE

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TUTOR O APODERADO

Complete los datos del Tutor o Apoderado del Alumno en caso que corresponda.





SOBRE LA VACANTE

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EFECTOS DE LA MATRICULACION DEL ALUMNO

El Colegio Americano procede a matricular al Alumno en condición de regular, con las siguientes obligaciones que el Firmante expresamente acepta. 1.- La matriculación obliga al Colegio Americano a impartir al alumno; a. La enseñanza correspondiente al nivel, modalidad y año en que se está matriculando según los Planes Oficiales a los que se encuentra incorporado el Colegio. b. La Educación Extraprogramática. c. Los demás servicios educativos que, con carácter general y obligatorios, se desarrollan en el Establecimiento. 2.- El Firmante se obliga a cumplir, y hacer cumplir por el Alumno, todas las obligaciones establecidas en las Reglamentaciones Oficiales, el Reglamento Interno y las demás Normas y Disposiciones emanadas de la Representación Legal y de la Dirección técnico-docente del Establecimiento. 3.- El firmante deberá, para considerar terminada la inscripción, además de cancelar el pago de la matrícula por cualquiera de los medios de cobro vigentes a la fecha, asumir que se obliga personalmente a abonar en concepto de aranceles las cuotas mensuales y cualquier otra cuota que sea autorizada por las autoridades competentes. 4.- Las facturas de Aranceles de Enseñanza deberán abonarse del 1 al 10 de cada mes por adelantado, momento en el que se entenderán consentidas, operándose la mora automáticamente por el solo transcurso del plazo, situación ésta que facultará al cobro de los intereses autorizados. El importe mensual de los aranceles será ajustado de acuerdo a los índices que determine la autoridad de aplicación. 5.- El Colegio Americano acreditará la prestación del servicio educativo con la presentación de las constancias obrantes en los Registros de Documentación Oficial del Instituto. 6.- El Instituto podrá requerir los comprobantes de pago de aranceles, de acuerdo a lo estipulado en el Punto Cuatro (4) y, en caso de mora, se reservará el derecho de accionar judicialmente por vía ejecutiva, sin otro requisito que el presente documento. En oportunidad de pedido de documentación del alumno por pase o retiro, si se hallare en mora, el Padre, Tutor o Encargado deberá abonar la totalidad de lo adeudado o firmar documentos presentando constancia de propiedades o el respaldo necesario de su solvencia. 7.- La falta de pago en término de las obligaciones arancelarias podrá determinar la no reinscripción para el próximo ciclo lectivo.